Ayudas al pequeño comercio

Plazo de presentación del 3 al 31 de enero de cada año.

Beneficiarios

1. Pequeñas y medianas empresas dedicadas al comercio menor radicadas en Andalucía en la que concurran los siguientes requisitos:

  • Ejercer una actividad comercial en Andalucía con establecimiento comercial permanente, antes de la fecha de solicitud de la ayuda, y, que cuenten con una preexistencia, como establecimiento comercial, de al menos 2 años ininterrumpidos de antigüedad.
  • Estar inscrito, antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación, en la Sección I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.
  • Que su actividad principal esté incluida en alguno de los epígrafes de IAE del Anexo 1.
  • Que no hayan obtenido de la consejería subvenciones para las mismas actuaciones subvencionables en los 2 ejercicios inmediatamente anteriores al que solicita.
  • Que la suma total de trabajadores no sea superior a 30.

2. Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, COMUNIDADES DE BIENES o cualquier otro tipo de unidades. Económica, que aún careciendo de personalidad jurídica, ejerzan su actividad comercial de forma regular.

Actuaciones Subvencionables

1. Renovación y mejora tecnológica de la PYME comercial hasta 60.000 euros

Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales, manteniendo los existentes, hasta 40.000 euros

2. El Relevo Generacional en la PYME comercial, hasta 30.000 euros

3. Implantación de la norma de calidad UNE 175001/1 de calidad de servicios para el pequeño comercio, hasta 1.300 euros

4. Actuaciones destinadas a garantizar la seguridad en la PYME comercial, hasta 6.000 euros

5. Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales hasta 18.000 euros

6. Apertura de un segundo o posterior punto de venta, manteniendo el preexistente, hasta 30.000 euros

7. Incorporación e implantación del diseño para la mejora de la imagen del establecimiento, hasta 30.000 euros

8. La adecuación física del establecimiento destinada a la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas, hasta 30.000 euros

9. La adecuación física del establecimiento destinada a la adquisición e instalación de sistemas de ahorro energético, hasta 30.000 euros

10. La adquisición e instalación de sistemas que posibiliten el reciclado y la eliminación de residuos, como maquinaria de prensado y compactación, así como la implantación de bolsas, envases y embalajes biodegradables y ecológicos, hasta 15.000 euros

11. Proyectos relacionados con la franquicia, hasta 50.000 euros

12. Ayudas para PYMES ubicadas en municipios con menos de 5.000 habitantes, que en la totalidad de centros no supere el total de 15 trabajadores, hasta 18.000 euros

Requisitos

1. Que el proyecto para el que se solicita la ayuda no haya sido iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud

2. Se formulará una única solicitud por empresa, con independencia del número de acciones solicitadas

3. El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada en el Registro, y sin comparación con otras solicitudes, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos

4. Cuando el objeto subvencionable, consista en la ejecución de obras, deberá aportarse Proyecto básico, o memoria realizada por técnico competente cuando se trate de obras menores

5. Cuando el importe del gasto subvencionable supere los 30.000 euros en el supuesto de ejecución de obra, o 12.000 euros, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo 3 ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación

6. A efectos del cómputo del número de trabajadores, se considerarán incluidos los empresarios individuales que estén dados de alta en el RETA.